Fase C · Gestoría

Gestoría sanitaria: la ruta regulatoria ante COFEPRIS

El acompañamiento va del primer trámite hasta la apertura: el expediente lo lleva quien conoce el proyecto, y la ruta depende del tipo de establecimiento, no de un solo permiso.

Duración
Variable, según trámite
Momento de entrada
En paralelo al proyecto ejecutivo o después del cierre del diseño.
Tipo de entregable
Expediente por trámite, respuestas a preventivas, asesoría durante el proceso y todos los documentos, una vez aprobados por la autoridad.

Cada establecimiento tiene su propia ruta de trámites — DEINSA la gestiona completa

La ruta de tramitación sanitaria no es la misma para todos los establecimientos. Las unidades donde se realizan actos quirúrgicos —hospitales, unidades de cirugía ambulatoria y cualquier establecimiento con quirófano— requieren Permiso Sanitario de Construcción antes de iniciar obra.

Los establecimientos sin actos quirúrgicos —consultorios, unidades de diagnóstico sin procedimientos invasivos, centros de atención ambulatoria— no lo requieren: su ruta abre con el Aviso de Funcionamiento y la designación del Responsable Sanitario.

A partir de ahí, la ruta sigue con los trámites que exijan los servicios concretos del establecimiento: banco de sangre, almacén de medicamentos, disposición de RPBI, servicio de transfusión, entre otros. DEINSA acompaña cada tramitación con un perito responsable con más de veinticinco años en licenciamiento de establecimientos de salud.

La diferencia frente a un gestor externo es de origen: quien gestiona el trámite conoce cada decisión del proyecto y puede responder las observaciones de la autoridad con precisión técnica. Un gestor que no participó en el diseño sólo puede especular.

La ruta de tramitación, paso a paso

  1. Diagnóstico de rutaSe revisa el tipo de establecimiento y sus servicios para definir qué trámites aplican y en qué orden.
  2. Revisión del proyecto normadoSi el proyecto no es de DEINSA, se valida antes de iniciar cualquier trámite.
  3. Permiso Sanitario de Construcción (cuando aplica)Para unidades con actos quirúrgicos. Integración del expediente —de dos a tres semanas—, ingreso y seguimiento del plazo legal de 60 días hábiles, con respuesta técnica a cada observación.
  4. Aviso de FuncionamientoObligatorio para todo establecimiento de salud antes de operar; es el primer trámite de los establecimientos que no requieren Permiso Sanitario de Construcción.
  5. Responsable SanitarioDesignación, acreditación y registro formal ante la autoridad sanitaria.
  6. Licencias y permisos adicionalesSegún los servicios del establecimiento: RPBI, almacén de medicamentos, banco de sangre, transfusión u otros.

Entregables: del expediente a las licencias de operación

Ejemplos de lo que recibe el cliente al cierre de la fase.

  • Expediente del Permiso Sanitario de Construcción (cuando aplica)Planos en formato COFEPRIS, memoria descriptiva y formatos oficiales firmados por el perito.
  • Permiso Sanitario de Construcción (cuando aplica)Resolución de la autoridad para iniciar obra.
  • Aviso de funcionamientoNotificación previa a la apertura, obligatoria para todo establecimiento de salud.
  • Registro de responsable sanitarioDesignación y acreditación ante la autoridad.
  • Licencias sanitarias complementariasBanco de sangre, almacén de medicamentos, RPBI o transfusión, según aplique.

El Permiso Sanitario de Construcción aplica a establecimientos con actos quirúrgicos. Los demás establecimientos inician la ruta con el Aviso de Funcionamiento.

¿Cuánto tiempo tarda la ruta de trámites?

Depende de la ruta. Donde se requiere Permiso Sanitario de Construcción, la integración del expediente toma de dos a tres semanas y la autoridad dispone de un plazo legal máximo de 60 días hábiles para resolver. Los establecimientos que no lo requieren pueden abrir en plazos mucho más cortos, en cuanto están listos el Aviso de Funcionamiento y el registro del Responsable Sanitario. Los trámites adicionales —licencias sanitarias complementarias y dictámenes técnicos— tienen plazos propios y se gestionan en paralelo siempre que la secuencia lo permite, para que la apertura no espere al último trámite.

Preguntas frecuentes sobre gestoría sanitaria ante COFEPRIS

¿Cuándo se solicita el Permiso Sanitario de Construcción y qué lleva el expediente?

Se solicita antes de iniciar la obra —construcción nueva, ampliación o remodelación— con el proyecto ya conforme a la NOM-016-SSA3-2012, y puede ingresarse en paralelo al proyecto ejecutivo. El expediente lo integran siete planos en el formato de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS), programa médico, programa médico-arquitectónico, memoria descriptiva, formatos oficiales y la firma del perito responsable. La autoridad tiene un plazo legal máximo de 60 días hábiles para resolver.

¿Qué diferencia hay entre el Permiso Sanitario de Construcción y el Aviso de Funcionamiento COFEPRIS?

El permiso autoriza construir y se obtiene antes de la obra; el aviso de funcionamiento notifica a la autoridad la apertura del establecimiento y se presenta antes de operar. Son trámites distintos: donde el permiso aplica, van consecutivos; donde no aplica, el aviso es el primer trámite de la ruta.

¿Qué sucede si inicio la obra antes de obtener el permiso sanitario?

Cuando el establecimiento requiere Permiso Sanitario de Construcción y la obra empieza sin él, queda expuesto a suspensión y a observaciones que obligan a corregir lo ya construido; rehacer planos y obra cuesta más que el tiempo del trámite. En los establecimientos que no lo requieren el riesgo se traslada a la apertura: operar sin Aviso de Funcionamiento también es motivo de sanción.

¿Qué otros trámites sanitarios requiere mi establecimiento después de abrir?

Depende de los servicios que preste: disposición de RPBI, almacén de medicamentos, banco de sangre, servicio de transfusión y las licencias sanitarias que apliquen, además del registro del Responsable Sanitario. DEINSA acompaña la ruta completa y no sólo el primer trámite: el mismo equipo que gestionó la apertura sostiene los trámites que la operación va exigiendo.

Lo que sigue

Con la ruta de trámites resuelta, la obra o la apertura pueden avanzar bajo coordinación técnica.

Fase D · Coordinación →

Contratación por fase

Cada fase se contrata por separado y la continuación se decide al cierre de la anterior. Un proyecto puede entrar al método por la fase que corresponda a su estado.

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